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La declaración de obra nueva es el acto jurídico por el que el propietario de un terreno hace constar oficialmente que en él se ha construido un edificio o vivienda, inscribiendo esa realidad física en el Registro de la Propiedad.

Su finalidad:
Dar validez legal y registral a la edificación, permitiendo que figure a nombre de su dueño y pueda venderse, hipotecarse o transmitirse como un bien inmueble completo.

Requisitos habituales:

  • Escritura pública ante notario.
  • Licencia de obras concedida por el ayuntamiento.
  • Certificado final de obra emitido por técnico competente.
  • Certificado de eficiencia energética.
  • Pago de impuestos correspondientes.

En resumen, la declaración de obra nueva “legaliza” una construcción ante el Registro de la Propiedad, convirtiéndola en un bien inmueble con plena validez jurídica y comercial.

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