GLOSARIO INMOBILIARIO
Autoliquidación
Declaración en la que el obligado calcula el impuesto correspondiente. Debe distinguirse de una liquidación practicada por la Administración.
Definición revisada el 2 de octubre de 2026. Confirma los requisitos aplicables a tu operación cuando el término tenga efectos jurídicos o fiscales.
Declaración en la que el obligado calcula el impuesto correspondiente. Debe distinguirse de una liquidación practicada por la Administración.
Fuente de consulta: Agencia Tributaria Canaria.
EL SIGUIENTE PASO
Antes de poner un precio,
pongamos las cosas claras.
Cuéntame qué vivienda quieres vender y qué necesitas conseguir.