Las arras son una cantidad de dinero que una de las partes (normalmente el comprador) entrega a la otra (el vendedor) como garantía de que se cumplirá el contrato de compraventa.
Están reguladas en el artículo 1454 del Código Civil, y tienen tres posibles efectos:
- Si el comprador se echa atrás, pierde el dinero entregado.
- Si el vendedor desiste de la venta, debe devolver el doble de la cantidad recibida.
- Si la operación sigue adelante, ese dinero se descuenta del precio final de venta.
En resumen, las arras sirven como señal y compromiso entre comprador y vendedor para garantizar que la operación se llevará a cabo en las condiciones pactadas.
« Volver al Glosario